PREGUNTAS FRECUENTES (Music Usage for Talk Stations)
¿Qué cubren la licencia CRA con descuento no comercial estándar y la licencia LPFM? Estas licencias cubren toda la música con licencia, incluidas las bibliotecas ASCAP, BMI y SESAC, durante un año calendario completo.
¿Cómo se compara la tasa CRA con el pago de la licencia por mi cuenta? Las estaciones LPFM ahorran un 10% y las estaciones no comerciales estándar ahorran un 10% para una cobertura de población de más de 250,000 y las no comunicaciones con cobertura de población por debajo de 250,000 ahorran un 15%.
¿Qué limitaciones hay, si hay alguna, en cuánta música podemos reproducir y cuándo? No hay limitaciones en cuanto a la cantidad de música que se puede reproducir o cuándo LPFM que participa en este acuerdo de descuento de licencia. Sin embargo, las estaciones de conversación estándar que no son de comunicaciones tienen las siguientes restricciones según la definición de una “Estación de conversación”:
Nota: Las no comunicaciones no tienen restricciones entre el día posterior al Día de Acción de Gracias y el 31 de diciembre de cada año.
Cuando pago a la CRA por licencias de música, ¿a dónde va ese dinero? El 100% de las tarifas de licencias de música LPFM van directamente a BMI, ASCAP y SESAC. Las estaciones estándar no comerciales pagan una pequeña tarifa administrativa ($ 30) a CRA y el resto del costo va directamente a los PRO.
Si el dinero solo va a ASCAP, BMI y SESAC, ¿cómo es que puedo reproducir “otra música con licencia”? A traves de esta licencia según lo prescrito por la Junta de Derechos de Autor se reserva un cantidad para pagar una pequeña presencia de música no contenida en las licencias. Por lo tanto, la emisora no comercial o LPFM puede reproducir cualquier música sin necesidad de rastrear o informar si tiene o no licencia.
¿Las tarifas se mantienen iguales de año en año? Normalmente verá pequeños aumentos de año en año. Sin embargo, cada cinco años, las tasas se renegocian y publican por un período de cinco años. Es posible que vea un aumento mayor en el costo desde el final de un período de cinco años hasta el comienzo de otro. Los porcentajes de descuento de CRA también se negocian en ese momento y están sujetos a cambios cada cinco años.
¿Todos los miembros de CRA tienen que comprar licencias de música a través de CRA? No. Este es un acuerdo de descuento opcional para aquellas estaciones que se benefician de comprar la licencia legal completa con un descuento.
¿Qué pasa si operamos una estación comercial? Ningún programa de descuento para licencias comerciales de música está disponible a través de la CRA. Esto se debe principalmente a que las estaciones católicas comerciales generalmente pagan solo las tarifas mínimas tal como están.
¿Las licencias de música con descuento de CRA cubren nuestro contenido transmitido por Internet? No. Se necesitaría una licencia adicional si se incluyera música con licencia en su transmisión por Internet. Esto debe adquirirse a través de SoundExchange. Además, los PRO también pueden requerir pronto transmisiones por Internet para pagarlos además de SoundExchange. Esto ya se requiere en teoría pero no se aplica.
¿Cuánto costará pagar SoundExchange por nuestra transmisión? El costo anual es de $ 500. Para las estaciones que exceden el umbral ATH (hora de sintonización agregada) de 154,000, hay costos adicionales, pero ninguna de las transmisiones católicas se ha acercado a ese umbral, por lo tanto, planifique $ 500 por año. Además, hay requisitos de informes trimestrales. Para mas información contactenos.
¿Por qué tendríamos que pagar PROs y SoundExchange por el mismo contenido con licencia? Aquí es donde las cosas se ponen interesantes. Las regalías pagadas por su transmisión por aire solo van a las regalías de los compositores, no de los artistas intérpretes o ejecutantes. Las tarifas pagadas a SoundExchange solo se aplican a las regalías de los artistas intérpretes o ejecutantes, no a los compositores. El requisito adicional, si es que actualmente es teórico, de pagar también a los PRO por la transmisión web, está destinado a recaudar regalías adicionales para los compositores.
Escuché que no necesitamos pagar SoundExchange si la música con licencia en nuestra transmisión es solo incidental. ¿Qué constituye el uso “incidental”? Regulación 37 C.F.R. 370.4 (b) (4) (iii) permite el uso de “rendimiento incidental” de obras protegidas por derechos de autor, definido como un rendimiento “que tanto: (A) no hace más que el uso incidental de grabaciones de sonido incluyendo, entre otros, breves transiciones musicales dentro y fuera de comerciales o segmentos de programas, presentaciones breves durante noticias, charlas y programación deportiva, presentaciones breves de fondo durante anuncios de disc jockey, presentaciones breves durante comerciales de sesenta segundos o menos de duración, o presentaciones breves durante deportes u otros eventos públicos; y (B) Aparte de la música ambiental que sea de fondo en un evento público
Para atención en español, Lorena Albarrán 9164427389 o [email protected]